
Ningún valor añadido y confusión. Eso es lo que, según los profesionales de la auditoría, aporta la nueva redacción del artículo 290 del Código Penal dada por el Proyecto de Ley publicado el pasado 15 de enero en el Boletín Oficial de las Cortes y que viene a reformar el Código Penal vigente hasta ahora.
Dicho artículo, que encabeza los delitos societarios, incluye expresamente, y por primera vez, a los auditores como posibles autores del delito de falseamiento de cuentas anuales.
Según consta en la Exposición de Motivos del citado Proyecto de Ley, el artículo 290 resultaba excesivamente escueto en su expresión, y evidenciaba una importante laguna debido a que los auditores eran los grandes ausentes de la previsión legal. Sin embargo, se da la paradoja de que la auditoría es una de las profesiones más reguladas, y este es el mensaje que el Instituto de Censores Jurados (Icjce) ha transmitido al Ministerio de Justicia.
Ver Artículo completo.
